° Con base en la suma de quinientos sesenta mil ochocientos cuatro pesos con treinta y tres centavos ($ 560.804.33) moneda corriente, proveniente de los nuevos recursos fiscales enumerados en los considerandos del presente Decreto, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 111. Carreteras Nacionales. Artículo 2167-A. Para atender a los gastos que demande el suministro de asfaltos con destino a la pavimentación de carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 175 de 1938, y con los contratos celebrados con la Tropical Oil Company, de fechas 9 de agosto de 1943, publicado en el Diario Oficial número 25430 de 27 de diciembre del mismo año, y de 3 de mayo de 1943 $ 50.740.11 Artículo 2167-B. Para continuar la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago 500.000.00 Artículo 2167-D. Para atender a los gastos que demanden las obras de urbanización de la carrera 18, de acuerdo con la cláusula 6ª de la escritura número 1071 de 1949 de fecha 12 de abril del mismo año, de la Notaría 3ª del Circuito de Bogotá 10.064.22 Total $ 560.804.33
Decreto 2091 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Con Base En La Suma De Quinientos Sesenta Mil Ochocientos Cuatro Pesos Con Treinta Y Tres Centavos ($ 560
Decreto 2091 de 1949 · por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.