Interrelación catastro registro. Los predios que comprenden los territorios colectivos de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras que se encuentren en el Registro de Instrumentos Públicos, deberán tener la correspondencia en la información catastral, de manera que se garantice la interrelación a través del Número Único Predial (Nupre). Se dispondrá de una coordinación institucional y de los mecanismos necesarios de manera progresiva para que los predios de propiedad colectiva de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras no registrados y aquellos que sean titulados después de la expedición del presente decreto se incluyan en las bases registrales y posteriormente en catastro. Esto con el fin de garantizar la asociación de la pareja predio folio de matrícula a través del Número Único Predial (Nupre). Lo anterior, en los términos establecidos en el marco normativo vigente.
Decreto 1170 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.2.9.4.4
Interrelación Catastro Registro
Decreto 1170 de 2015 · por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector Administrativo de Información Estadística.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.