º Las autoridades judiciales al dictar auto de enjuiciamiento contra algún sumariado pasarán la respectiva boleta de prisión al Director del establecimiento de sumariados, quien inmediatamente enviará el preso a la Cárcel de enjuiciados con la respectiva boleta y dará aviso al Juez de la causa de su ejecución. En la Reclusión de Mujeres se anotarán separadamente las enjuiciadas con especificación del número y fecha de la boleta, y autoridad que conozca el proceso. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1381 de 1926 →Vigente
Artículo 3
Las Autoridades Judiciales Al Dictar Auto De Enjuiciamiento Contra Algún Sumariado Pasarán La Respectiva Boleta De Prisión Al Director Del Establecimiento De Sumariados, Quien Inmediatamente Enviará El Preso A La Cárcel De Enjuiciados Con La Respectiva Boleta Y Dará Aviso Al Juez De La Causa De Su Ejecución
Decreto 1381 de 1926 · Por el cual se reglamenta el servicio de algunos establecimientos carcelarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.