°. Secretaría Técnica. La Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPDM) contará con una secretaría técnica permanente que ejercerá el Director de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien tendrá a su cargo las siguientes funciones
Presentar a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPDM), un plan de trabajo en lo relacionado con su objeto y funciones.
Presentar a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPDM), informes bimestrales sobre el impacto de las decisiones adoptadas por la Comisión.
Brindar apoyo técnico, administrativo y operativo a los miembros que integran la Comisión.
Facilitar la implementación de las decisiones de la Comisión.
Realizar la convocatoria de la Comisión para las sesiones ordinarias y extraordinarias y remitir las propuestas, documentos de trabajo, informes y demás material de apoyo, que sirva de soporte a las decisiones de la misma.
Coordinar las actividades de los comités técnicos de que trata el artículo 7° del presente decreto.
Recibir y dar trámite a las propuestas que sean presentadas por los integrantes de la Comisión y articular las iniciativas, acciones técnicas y políticas que surjan de la misma.
Solicitar la información técnica y conceptos jurídicos necesarios para la ejecución de las funciones de la Comisión.
Asistir a las reuniones de la Comisión, elaborar y suscribir las actas correspondientes y adelantar el seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos.
Suministrar la información necesaria para que la Superintendencia de Industria y Comercio desarrolle su función de inspección, vigilancia y control de los precios de medicamentos y dispositivos médicos.
Adelantar los trámites necesarios para la publicación de las decisiones adoptadas por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMD).
Recibir las propuestas presentadas sobre los aspectos de competencia de la Comisión y dar el trámite correspondiente.
Elaborar la propuesta de reglamento interno de la Comisión.
Las demás funciones que sean propias de su carácter de apoyo y soporte técnico o que le sean asignadas por la Comisión.