Micelio

Artículo 4

Para Afectos De La Incompatibilidad Prevista En El Artículo 27 Del Decreto-Ley 2969 De 1960, Entiéndese Por Socios Gestores De Las Sociedades Miembros De Las Bolsas, Las Personas Naturales Que En Representación De Aquéllas, Han Sido Autorizadas Por El Respectivo Órgano Competente De La Bolsa, Para Actuar Y Negociar En Rueda

Decreto 482 de 1961 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2969 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para afectos de la incompatibilidad prevista en el artículo 27 del Decreto-ley 2969 de 1960, entiéndese por socios gestores de las sociedades miembros de las bolsas, las personas naturales que en representación de aquéllas, han sido autorizadas por el respectivo órgano competente de la bolsa, para actuar y negociar en rueda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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