°. Sesiones. La Comisión se reunirá de forma ordinaria mínimo tres (3) veces al año y de forma extraordinaria cuando sus integrantes lo consideren pertinente, previa convocatoria de quien la presida o de la Secretaría Técnica. El Presidente y la Secretaría Técnica definirán el reglamento interno, sometiéndolo a consideración y aprobación de la Comisión. El reglamento deberá establecer los mecanismos para dirimir los empates en las decisiones que pretenda adoptar la Comisión. De cada una de las sesiones se elaborará un acta, la cual será firmada por el presidente de la Comisión o su delegado y la Secretaría Técnica.
Decreto 3048 de 2011 →Vigente
Artículo 5
Sesiones
Decreto 3048 de 2011 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.