Micelio

Artículo 12

Dirección Administrativa Y Financiera

Decreto 270 de 2010 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Administrativa y Financiera. Son funciones de la Dirección Administrativa y Financiera

1.

Ejercer las funciones de secretario del Consejo Directivo y demás cuerpos colegiados del Instituto que le sean asignados, preparando y presentando la agenda, los temas a tratar y actas respectivas.

2.

Coordinar, conceptuar e informar al Director General, respecto de las decisiones tomadas por los Comités de Asesoría.

3.

Comunicar oportunamente a las áreas interesadas las decisiones tomadas en los comités en los que participa.

4.

Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la ejecución y control presupuestal, registro y análisis de las operaciones financieras del Instituto, adquisición, almacenamiento, custodia y distribución de los bienes del Inpec.

5.

Preparar la relación de necesidades presupuestales y ejecutar el presupuesto que le sea aprobado.

6.

Coordinar con las Subdirecciones Regionales el desarrollo de las actividades propias del área administrativa, financiera, de talento humano y de capacitación de acuerdo con los planes, procesos y procedimientos establecidos.

7.

Elaborar y tramitar en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica los proyectos de acuerdos, resoluciones y demás actos que deban someterse a la consideración o aprobación del Consejo Directivo o el Director General.

8.

Dirigir, coordinar y controlar programas administrativos tendientes a optimizar los recursos físicos, administrativos, de talento humano y de capacitación del Instituto.

9.

Dirigir y controlar el desarrollo de los procesos de adquisición y contratación, que requiera el Instituto, de acuerdo con las normas que regulen el tema.

10.

Recibir, atender, tramitar y distribuir los reclamos, quejas y observaciones presentadas por los ciudadanos, cuando se presenten deficiencias administrativas, corrupción, actos o procedimientos indebidos por parte de los servidores del Instituto y darles el trámite pertinente.

11.

Hacer seguimiento y control a los derechos de petición en todas sus modalidades, incluidas las quejas y los reclamos, así como a los requerimientos que deban atender las diferentes dependencias del Instituto.

12.

Atender los requerimientos de la ciudadanía que se presenten a la sede central y promover a nivel nacional acciones preventivas y de mejoramiento para evitar quejas en la prestación del servicio.

13.

Presentar al Director General el anteproyecto de presupuesto y los acuerdos mensuales de gastos para su aprobación.

14.

Formular, ejecutar, verificar y realizar acciones de mejora a los planes de la dependencia.

15.

Aplicar y sugerir mejoras de los procedimientos establecidos y relacionados con los procesos en los que participe la dependencia.

16.

Orientar y controlar el manejo de las relaciones colectivas e individuales con los funcionarios del Instituto.

17.

Orientar y controlar las actividades relacionadas con el manejo de archivo, correspondencia, tesorería, contabilidad, presupuesto, almacén, compras y adquisiciones, inventarios y bienes del Instituto, transporte, vigilancia, fotocopiado, gestión documental, servicios generales y programas de Talento Humano que adelanten las Subdirecciones respectivas.

18.

Las demás funciones que le sean asignadas por ley o reglamento y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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