Micelio

Artículo 4

Cuando Se Trate De Labores Técnicas O De Confianza, En Las Cuales, A Juicio Del Superior, No Fuere Posible Reemplazar Al Trabajador Por El Tiempo De Vacaciones, Deberá Hacerse Constar Esta Circunstancia En Resolución Motivada, La Cual Le Servirá Para Obtener En Dinero El Valor Del Derecho Adquirido

Decreto 560 de 1939 · Por el cual se reglamentan las vacaciones remuneradas de los empleados y obreros dependientes del Ministerio de Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando se trate de labores técnicas o de confianza, en las cuales, a juicio del superior, no fuere posible reemplazar al trabajador por el tiempo de vacaciones, deberá hacerse constar esta circunstancia en resolución motivada, la cual le servirá para obtener en dinero el valor del derecho adquirido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 560 de 1939