Micelio

Artículo 86

Al Producto En Proceso

Decreto 1524 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 Título VI y XI en lo referente a fabricación, envase o empaque, almacenamiento y expendio de los Productos Naturales con usos terapéuticos tradicionales, empíricos y las Preparaciones Farmacéuticas a base de los mismos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al producto en proceso. El control de calidad al producto en proceso y al producto terminado, debe comprender las siguientes actividades, si son del caso

a)

Muestreo.

b)

Ensayos farmacotécnicos, con sus especificaciones: propiedades organolépticas, peso promedio, homogenicidad, granulometría (polvos).

c)

Ensayos de pureza.

d)

Ensayos físico-químicos: cromatográficos y valoración con su límite de aceptabilidad, cuando los productos contengan principios activos definidos.

e)

Control microbiológico: No se admitirá la presencia de gérmenes patógenos y microorganismos indicadores de contaminación fecal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1524 de 1990