Para atender a los gastos que impone la creación y el sostenimiento del Departamento de Sanidad del Ministerio, se destinará un capítulo especial del Presupuesto y, mientras se termina la presente vigencia, el gasto se imputará al Capítulo 53, artículo 388 del Presupuesto vigente.
Decreto 1433 de 1938 →Vigente
Artículo 14
Para Atender A Los Gastos Que Impone La Creación Y El Sostenimiento Del Departamento De Sanidad Del Ministerio, Se Destinará Un Capítulo Especial Del Presupuesto Y, Mientras Se Termina La Presente Vigencia, El Gasto Se Imputará Al Capítulo 53, Artículo 388 Del Presupuesto Vigente
Decreto 1433 de 1938 · Por el cual se crea el Departamento de Sanidad del Ministerio de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.