El homicidio y las lesiones causadas fuera del caso previsto en el Artículo anterior, la violencia carnal, el incendio y en general, los actos de ferocidad o barbarie cometidos por los piratas en el curso de sus actividades, traerán consigo la respectiva responsabilidad y las sanciones correspondientes se acumularán jurídicamente con las de piratería.
Decreto 250 de 1958 →Vigente
Artículo 118
El Homicidio Y Las Lesiones Causadas Fuera Del Caso Previsto En El Artículo Anterior, La Violencia Carnal, El Incendio Y En General, Los Actos De Ferocidad O Barbarie Cometidos Por Los Piratas En El Curso De Sus Actividades, Traerán Consigo La Respectiva Responsabilidad Y Las Sanciones Correspondientes Se Acumularán Jurídicamente Con Las De Piratería
Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.