º. Requisitos para su celebración. Los acuerdos, convenios o contratos de líneas de crédito contingente, requerirán para su celebración autorización impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva de los mismos, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con
Concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, y
Concepto de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público.