Micelio

Artículo 17

Secretaría General Administrativa

Decreto 81 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General Administrativa. Son funciones de la Secretaría General Administrativa, las siguientes

1.

Dirigir, coordinar y controlar los programas y actividades relacionadas con las competencias financiera, presupuestal, de administración del talento humano y de gestión administrativa del instituto.

2.

Dirigir y coordinar la gestión de las subdirecciones Administrativa y Financiera.

3.

Coordinar con la Oficina de Planeación y la Secretaría General Técnica, la elaboración de los anteproyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento del Instituto, y presentarlos a consideración de la Dirección General.

4.

Coordinar las acciones y trámites necesarios relacionados con el proceso presupuestal del Instituto, incluidas su ejecución y modificaciones, internamente como ante las instancias públicas competentes.

5.

Controlar el manejo de los recursos financieros, en procura de que éstos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos y con las normas orgánicas del Presupuesto Nacional.

6.

Dirigir la elaboración y ejecución de los programas anuales de compras y de caja del Instituto.

7.

Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas y de las demás disposiciones que regulan las actividades internas del Instituto y proponer al Director General los actos y regulaciones que tanto en el funcionamiento interno, como en la actividad y funciones del Instituto, estime necesarias.

8.

Dirigir, orientar y evaluar los programas de desarrollo del talento humano aplicados en el Instituto, velar porque estén acordes con los requerimientos y objetivos institucionales y trazar las políticas y programas de administración, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su ejecución.

9.

Velar por el estricto cumplimiento de las normas de carrera administrativa y de administración del talento humano en general.

10.

Dirigir la actividad y gestión archivística a cargo de la entidad, coordinar con las dependencias competentes la adecuada prestación de estos servicios y diseñar políticas para su adecuada conservación.

11.

Dirigir el diseño y aplicación de modelos de comunicación que promuevan la generación de una cultura corporativa en procura del desarrollo de la misión institucional.

12.

Coordinar, a través de la Subdirección Administrativa, la elaboración, diseño, diagramación, edición y conservación de la información del Instituto y el material de divulgación necesario.

13.

Dirigir y coordinar las acciones necesarias para la eficiente atención a los usuarios y para la resolución efectiva y oportuna de sus quejas y reclamos.

14.

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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