ARTICULO 133 . Si quien tenga a su cargo el proceso encontrare que se ha incurrido en alguna irregularidad, procederá a subsanarla. Podrán subsanarse los actos irregulares, verificados en el curso del proceso siempre y cuando no se hubieren violado los derechos y garantías del funcionario investigado, ni se hubiere menoscabado su derecho a la defensa.
Decreto 2699 de 1991 →Vigente
Artículo 133
Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.