°. Adiciónese el siguiente inciso al artículo 15 del Decreto 1737 de 1998, modificado y adicionado por los artículos 7° del Decreto 2209 de 1998, 3° del Decreto 2445 de 2000, 1° del Decreto 644 de 2002, 1° del Decreto 3668 de 2006, 1° del Decreto 4561 de 2006, 1° del Decreto 966 de 2007, 1° del Decreto 1440 de 2007 y 1° del Decreto 2045 de 2007: “El Director Administrativo y Financiero del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, podrá asignar teléfono celular, con cargo a los recursos de la entidad, a los Subdirectores de los Centros de Formación y a los Jefes de Oficina del SENA, previa expedición del acto administrativo mediante el cual señale el monto máximo de uso de los mismos”.
Artículo 1
Adiciónese El Siguiente Inciso Al Artículo 15 Del Decreto 1737 De 1998, Modificado Y Adicionado Por Los Artículos 7° Del Decreto 2209 De 1998, 3° Del Decreto 2445 De 2000, 1° Del Decreto 644 De 2002, 1° Del Decreto 3668 De 2006, 1° Del Decreto 4561 De 2006, 1° Del Decreto 966 De 2007, 1° Del Decreto 1440 De 2007 Y 1° Del Decreto 2045 De 2007: “el Director Administrativo Y Financiero Del Servicio Nacional De Aprendizaje - Sena, Podrá Asignar Teléfono Celular, Con Cargo A Los Recursos De La Entidad, A Los Subdirectores De Los Centros De Formación Y A Los Jefes De Oficina Del Sena, Previa Expedición Del Acto Administrativo Mediante El Cual Señale El Monto Máximo De Uso De Los Mismos”
Decreto 4863 de 2009 · por el cual se adiciona el artículo 15 del Decreto 1737 de 1998.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.