Micelio

Artículo 4

Si Alguno De Los Concurrentes Ocultare Un Libro O Lo Devolviere Repelado, Se Le Enviará Inmediatamente Con El Agente De Servicio Y Con Nota Remisora A La Policía Nacional, Exigiendo Su Inmediato Castigo Y El Pago De Los Daños Causados

Decreto 916 de 1922 · Por el cual se dicta el Reglamento para la biblioteca nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Si alguno de los concurrentes ocultare un libro o lo devolviere repelado, se le enviará inmediatamente con el Agente de servicio y con nota remisora a la Policía Nacional, exigiendo su inmediato castigo y el pago de los daños causados. Además, quien una vez haya incurrido en estas faltas, no volverá a ser admitido en la Biblioteca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 916 de 1922