Micelio

Artículo 2

Ley 389 de 1997 · por la cual se modifican los artículos 1036 y 1046 del Código de Comercio´.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El parágrafo del artículo 1047 del Código de Comercio, quedará así:

Parágrafo

En los casos en que no aparezca expresamente acordadas, se tendrán como condiciones del contrato aquellas de la póliza o anexo que el asegurador haya depositado en la Superintendencia Bancaria para el mismo ramo, amparo, modalidad del contrato y tipo de riesgo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 389 de 1997