Contralor normativo y defensor del cliente. Las sociedades que solo administren fondos de capital privado no estarán obligadas a tener contralor normativo ni defensor del cliente. En caso que las mismas administren otro tipo de carteras colectivas, las funciones del contralor normativo y del defensor del cliente no serán aplicables a la administración de fondos de capital privado.
Decreto 2175 de 2007 →Vigente
Artículo 101
Contralor Normativo Y Defensor Del Cliente
Decreto 2175 de 2007 · por el cual se regula la administración y gestión de las carteras colectivas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.