Artículo tercero. A partir del 1° de marzo del presente año, créanse los siguientes cargos: Hospital Sanatorio "Santa Clara", de Bogotá 1 Médico Jefe del Pabellón Infantil $ 600.00 1 Médico Interno 280.00 1 Médico Interno Residente 220.00 Dispensario Antituberculoso de Tuluá 1 Enfermera 200.00 1 Encargada de Estadística 200.00
Decreto 429 de 1957 →Vigente
Artículo 3
Decreto 429 de 1957 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se fijan asignaciones en la Campaña Antituberculosa Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.