Micelio

Artículo 1

Ley 72 de 1896 · por la cual se auxilian algunas vías de comunicación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxiliase con quinientos mil pesos ($500,000) la construcción de la vía pública que, partiendo de Bogotá hacia el Norte, pasa por las ciudades de Tunja, Málaga y Pamplona, en los Departamentos de Boyacá y Santander, hasta llegar á la ciudad de Cúcuta, los cuales se distribuirán en tres partes iguales entre los dos Departamentos citados y el de Cundinamarca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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