° Las patentes que en lo sucesivo expidan las autoridades del ramo fluvial poseedoras de esa facultad, y que habiliten para ejercer los cargos de capital, maquinista o ingeniero y piloto o practico en las embarcaciones que naveguen los ríos de la Nación, darán lugar al pago de los siguientes derechos: Patente de capitán, $ 25. Patente de primer maquinista o ingeniero, $ 20. Patente de segundo maquinista o ingeniero, $ 10. Patente de primer piloto o practico, $ 16. Patente de segundo piloto o practico, $ 8.
Cuando, debido a un ascenso, los ingenieros o pilotos que hayan pagado ya el gravamen correspondiente a su grado anterior, soliciten patente para un cargo de jerarquía superior, solo deberán cubrir la diferencia en el valor de los derechos que medie entre la antigua y la nueva patente, de acuerdo con la tarifa establecida.