Micelio

Artículo 8

El Instituto Nacional De Radio Y Televisión Ajustará Sus Operaciones A Un Presupuesto Anual De Ingresos Y Egresos, Que Someterá A La Aprobación Del Ministerio De Comunicaciones

Decreto 1930 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Instituto Nacional de Radio y Televisión ajustará sus operaciones a un presupuesto anual de ingresos y egresos, que someterá a la aprobación del Ministerio de Comunicaciones. En dicho presupuesto deberá incluir forzosamente con destino a la Caja de. Previsión Social de Comunicaciones, las partidas suficientes y necesarias para cubrir las prestaciones sociales de sus empleados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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