° Abrese al Presupuesto de Gastos Nacionales del año económico de 1910 un crédito extraordinario por la suma de doce mil ciento veinte pesos ($ 12,120), con la imputación siguiente: MINISTERIO DE HACIENDA DEPARTAMENTO DE HACIENDA Capítulo 44. Gastos varios. Artículo 256 A. para atender á los gastos que se ocasionen en la administración de las Rentas de Licores y Degüello en el Territorio de la Intendencia Nacional del Meta, hasta $ 12,120 Total $ 12,120
Decreto 427 de 1910 →Vigente
Artículo 1
Abrese Al Presupuesto De Gastos Nacionales Del Año Económico De 1910 Un Crédito Extraordinario Por La Suma De Doce Mil Ciento Veinte Pesos ($ 12,120), Con La Imputación Siguiente: Ministerio De Hacienda Departamento De Hacienda Capítulo 44
Decreto 427 de 1910 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al Presupuesto de Gastos de la vigencia económica actual, imputable al Departamento de Hacienda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.