Micelio

Artículo 6

Decreto 3045 de 1980 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2210 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto Fíjanse como honorarios para los miembros del Consejo Nacional del Trabajo en quienes no concurriere la calidad de funcionarios pagados por el Tesoro Público, la suma de un mil pesos ($1.000.00), por sesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3045 de 1980