Micelio

Artículo 16

Decreto 1485 de 2002 · por el cual se reglamenta el Fondo Nacional para la Reposición y Renovación del Parque Automotor del Servicio Público de Transporte Terrestre de Pasajeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desarrollo social del transporte . Con el producto de las multas impuestas por violación a las disposiciones de la Ley 688 de 2001 y del presente decreto, el Fondo deberá abrir una cuenta especial que se denominará "Desarrollo Social de Transporte" a la cual ingresarán además los recursos que el Gobierno Nacional le asigne y cuyo objetivo es desarrollar programas de protección social para los conductores de los vehículos a reponer y mejoramiento de los aspectos sociales del transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1485 de 2002