Con el propósito de que la Cruz Roja Colombiana pueda cumplir a cabalidad sus nobles fines, y, en especial, para que pueda disponer de fondos con destino a las crecientes necesidades del Socorro Nacional y dotarlo de un hospital móvil para emergencias, así como para terminar y dotar el edificio donde funciona la Escuela de Enfermeras de la institución y para desarrollar su Programa Nacional del Banco de Sangre e intensificar las campañas de servicio social y mejora de la comunidad, autorízase expresamente a la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, con sede en Bogotá, para que establezca una lotería con premios en dinero, de acuerdo con el plan que preparará la misma institución, cuyos sorteos quedarán sometidos a las disposiciones legales pertinentes.
Ley 2 de 1964 →Vigente
Artículo 2
Ley 2 de 1964 · por la cual se asocia la Nación al centenario de la fundación de la Cruz Roja Nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.