Artículo primero. Apruébase la "Convención Interamericana sobre prueba e información acerca del Derecho Extranjero", suscrito en Montevideo, Uruguay el 8 de mayo de 1979, cuyo texto es:
"CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE PRUEBA E INFORMACION ACERCA DEL DERECHO EXTRANJERO".
Los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, deseosos de concertar una Convención sobre prueba e información acerca del derecho extranjero han acordado lo siguiente: