º . Hasta que el Congreso disponga la completa separación de los servicios astronómico y meteorológico, se adscriben al Director del Observatorio Meteorológico Nacional de San Bartolomé, las funciones especiales que le fueron asignadas al Director del Observatorio Astronómico Nacional, en virtud del artículo 1º. Del Decreto No.455 de 5 de abril de 1921.
Decreto 575 de 1931 →Vigente
Artículo 1
Decreto 575 de 1931 · POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTICULO 1° DEL DECRETO NUMERO 455 DEL 5 DE ABRIL DE 1921 Y SE DICTAN DISPOSICIONES TENDIENTES A UNIFICAR LA DIRECCION DEL SERVICIO METEOROLOGICO DEL PAIS
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.