Este Decreto, dado su carácter urgente, regirá desde su expedición, pero será sometido a la aprobación del Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto extraordinario número 3523 del 9 de noviembre de 1949.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Cartagena a los 24 días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y dos (1952).
(Firmados), Fulgencio Lequerica Vélez, Gobernador-Víctor Carrasquilla del Portillo, Secretario de Gobierno-Antonio J. Perca, Sub-Secretario de Hacienda, encargado del Despacho-José María Lozano, Director de Educación Pública-Alfonso AmadoClarós, Sub-Secretario, encargado de la Secretaría de Obras Públicas-Gabriel Martínez Lugo, Secretario de Agricultura y Ganadería".