Micelio

Artículo 6

La Incorporación De Los Empleados Públicos Administrativos A La Nueva Planta De Personal Establecida En El Literal A) Del Artículo 2° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación, Teniendo En Cuenta Lo Dispuesto En El Decreto 1173 De 1999 Y Demás Normas Legales Vigentes Sobre La Materia

Decreto 269 de 2004 · por el cual se modifica la planta de personal Administrativo y Docente del Instituto Tecnológico de Soledad Atlántico y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La incorporación de los empleados públicos administrativos a la nueva planta de personal establecida en el literal a) del artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto 1173 de 1999 y demás normas legales vigentes sobre la materia. Los empleados públicos docentes a que se refiere el literal b) del artículo 2° se incorporarán de conformidad con las normas vigentes. Los servidores públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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