Micelio

Artículo 15

-Son Cuotas Obligatorias, De Conformidad Con Las Normas Que Se Establecen A Continuación, Las Siguientes: De Admisión, De Sostenimiento Y Extraordinarias

Decreto 334 de 1973 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Militar de Oficiales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

-Son cuotas obligatorias, de conformidad con las normas que se establecen a continuación, las siguientes: De admisión, de sostenimiento y extraordinarias.

Parágrafo 1

Los Socios

a)

Honorarios no pagarán cuotas.

b)

Activos pagan cuotas de sostenimiento y extraordinarias.

c)

Efectivos pagan cuotas de admisión, sostenimiento y extraordinarias.

d)

Temporales pagan cuotas de admisión, sostenimiento y extraordinarias.

e)

Asociados pagan cuotas de admisión, sostenimiento y extraordinarias.

f)

Juveniles pagan cuotas de sostenimiento que será igual a la determinada para quien los represente.

Parágrafo 2

Los temporales al pasar a la categoría de asociados de conformidad con lo establecido en el artículo 6, ordinal d), no pagarán cuota de admisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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