Micelio

Artículo 2

Ley 96 de 1968 · Por la cual se aprueba el "Convenio Cultural entre la República de Colombia y la República de El Salvador", firmado en Bogotá el 1° de septiembre de 1965

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO SEGUNDO

a)

Dentro de lo considerado en el Artículo que antecede, el Gobierno colombiano favorecerá especialmente la constitución y actividades de instituciones culturales salvadoreñas establecidas o que vengan a constituírse en la República de Colombia, y que cuenten con el apoyo del Gobierno de El Salvador, y

b)

El Gobierno salvadoreño, por su parte, fomentará las actividades de las instituciones colombianas del mismo carácter, establecidas o por establecerse en lo futuro en territorio salvadoreño.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 96 de 1968