Micelio

Artículo 2

Decreto 1090 de 1997 · por el cual se dictan medidas para la reforma estatutaria de una institución de utilidad común.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . La reforma estatutaria a que se refiere el artículo anterior, deberá someterse, posteriormente, a la aprobación del Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1090 de 1997