OBJETO. Para eliminar y evitar la contaminación del agua para el consumo humano el presente estatuto establece
Regulaciones sobre la toma de agua y las condiciones de los lugares cercanos al sitio donde se efectúa esta actividad;
Regulaciones sobre canales o tuberías que dan paso al agua desde la fuente de abastecimiento hasta la planta de potabilización o, en defecto de ésta, hasta el tanque de almacenamiento;
Regulaciones sobre las estaciones de bombeo y los equipos destinados a elevar el agua de la fuente de abastecimiento o de cualquier otra parte del sistema de suministro;
Regulaciones sobre los procesos necesarios para la potabilización del agua;
Regulaciones sobre almacenamiento del agua y su transporte hasta el usuario, con excepción de los aspectos correspondientes a la fontanería o instalación interior;
Regulaciones para el cumplimiento de los requisitos establecidos en este sección.