Micelio

Artículo 111

En La Sede Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Y En Las Regionales O Agencias, Se Abrirá Un Libro De Registro, Que Se Denominará Radicado De Los Asuntos O Expedientes De Bienes Vacantes, Mostrencos Y Vocaciones Hereditarias, En El Que Se Anotará: Nombre Del Denunciante; Número De La Resolución Por Medio De La Cual Se Le Reconoce Como Tal; Número Del Contrato Y Fecha De Perfeccionamiento Del Mismo; Oficina O Despacho Donde Se Halla Radicado El Proceso, Y Todos Aquellos Datos Necesarios Para La Identificación Del Proceso Y Del Bien

Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la Sede del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y en las regionales o agencias, se abrirá un libro de registro, que se denominará radicado de los asuntos o expedientes de bienes vacantes, mostrencos y vocaciones hereditarias, en el que se anotará: Nombre del denunciante; Número de la Resolución por medio de la cual se le reconoce como tal; Número del contrato y fecha de perfeccionamiento del mismo; Oficina o despacho donde se halla radicado el proceso, y Todos aquellos datos necesarios para la identificación del proceso y del bien.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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