Fondo de Compensación Ambiental . El Fondo de Compensación Ambiental, estará integrado y organizado de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 344 de 1996.
Decreto 216 de 2003 →Vigente
Artículo 24
Fondo De Compensación Ambiental
Decreto 216 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.