El otorgamiento de los Instrumentos públicos que pasan ante los Notarios causarán los derechos que se especifican a continuación, los cuales serán recaudados por dichos funcionarios:
Actos o contratos por valor hasta de $ 20.000, la suma fija de $ 45.00;
Actos o contratos por valor superior a $ 20.000.00 sin que excedan de $ 200.000.00, la suma fija de $ 45.00, más uno por mil sobre el exceso de $ 20.000.00;
Actos o contratos por valor de $ 200.000.00 hasta $ 500.000.00 el medio por mil de esta suma, más los derechos anteriores;
Actos o contratos por valor superior a $ 5000.000.00, sin exceder de $ 1.000.00, el cuarto por mil de este valor, ni los derechos señalados en los numerales anteriores;
Actos o contratos que excedan de $ 1.000.00 se aplicará la tarifa anterior, y por cada 1.000.00 a fracción se cobra la suma fija de $ 50.00 sobre el exceso;
Testamentos cerrados o abiertos, la cantidad fija de $ 80.00;
Poderes generales o especiales, protestos, substituciones, renuncias, aceptaciones, revocatorias, rescilaciones, aclaraciones, cancelaciones, declaraciones, protocolizaciones y demás actos y contratos sin cuantía determinada, la suma fija de $ 55.00;
Reconocimiento de hijos naturales y adoptaciones, la suma fija de $ 25.000;
La guarda de todo testamento cerrado $50.