Art. 2.° En consecuencia el mencionado Resguardo se formará de los empleados con denominaciones i sueldos anuales siguientes ; Un primer Comandante $ 840 Un Cabo mayor 480 Cinco cabos montados, a 384 1,920 Ocho cabos de a pié, a 300 2,400 Un cabo de a pié con destino a las minas de Santa Ana 360 Diez i seis guardas montados a 300 4,800 Treinta i dos Guardas de a pié, a 240 7,680 $ 18,480
Decreto 575 de 1874 →Vigente
Artículo 2
Decreto 575 de 1874 · Por el cual se reorganiza el Resguardo de la Administración principal de salinas de Cipaquirá i sus dependencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.