El patrimonio del Fondo estará constituido por:
1.
Las partidas destinadas en el presupuesto del Ministerio de Justicia para la ejecución de los programas que se detallan en el artículo anterior.
2.
El producto de las operaciones de crédito que se celebren con los mismos fines.
3.
Las donaciones de personas o entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, y
4.
Los demás bienes que el Fondo reciba a cualquier título.