º Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la presente vigencia fiscal. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público Contracréditos. B-Rama Técnica. Capítulo 409. División de Impuestos Nacionales. Programa I Administración de la División. Gastos Generales. 106, 114. Artículo 4074 -Imprevistos y publicaciones $ 56.000 II Funcionamiento. Capítulo 418. Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I Pensiones Civiles y asignaciones a ex Presidentes. Transferencias. 201, 321. Artículo 4249. Pensiones civiles 450.000 Suman los contracréditos $ 506.000 Créditos. C- Rama Administrativa. Capítulo 416. División de Presupuesto del Ministerio. Administración de la División. Servicios personales. 101, 111. Artículo 4188. -Sueldos del personal de nómina $ 6.000 Capítulo 417. División de Servicios Generales. Programa IV Almacén y Mantenimiento. Servicios personales. 101, 111. Artículo 4225. -Jornales 15.994 II Financiamiento . Capítulo 418. Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I Pensiones civiles y asignaciones y ex Presidentes. Transferencias. 205, 321. Artículo 4250. -Asignaciones a los ex Presidentes $ 448.773.79 Programa IV Financiamiento a particulares y organismos privados. Transferencias. 205, 530. Artículo 4256. -Indemnizaciones por sentencias a cargo de la Nación $ 35.232.21 Suman los créditos $ 506.000.00
Decreto 1204 de 1962 →Vigente
Artículo 1
Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos De Funcionamiento Para La Presente Vigencia Fiscal
Decreto 1204 de 1962 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1962 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 506.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.