Cuotas moderadoras por actividad procedimiento-intervención y estrato socioeconómico. Quedarán establecidas de la siguiente manera tomando como base la tarifa máxima definida para el sector oficial así
Consulta médica general y de otros profesionales de la salud: el pago máximo porcentual por estrato socioeconómico sobre el valor de la consulta será: Estratos 1, 2 y 3: 10%. Estratos 4, 5 y 6: 20%.
Consulta médica especializada: el pago máximo porcentual por estrato socioeconómico sobre el valor de la consulta será: Estratos 1, 2 y 3: 10%. Estratos 4, 5 y 6: 20%.
Formulación de medicamentos ambulatorios: el pago máximo porcentual por estrato socioeconómico sobre la base del precio máximo de venta al público será: Estratos 1, 2 y 3: 10%, aplicable al valor total de la fórmula sin que este sobrepase el 20% de un salario mínimo legal mensual vigente. Estratos 4, 5 y 6: 20%, aplicable al valor máximo total de la fórmula sin que éste sobrepase el 40% de un salario mínimo legal mensual vigente.