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Artículo 1

Para Que Las Empresas De Transportes Aéreos Comerciales Pueden Efectuar Vuelos Al Exterior Es Indispensable, Aparte De Los Demás Requisitos Reglamentarios, Que Estén Reconocidas Por La Aeronáutica Civil Como Empresas De Transportes Aéreos "regulares"

Decreto 420 de 1950 · Reglamentario de vuelos al Exterior de empresas de transportes comerciales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para que las empresas de transportes aéreos comerciales pueden efectuar vuelos al Exterior es indispensable, aparte de los demás requisitos reglamentarios, que estén reconocidas por la Aeronáutica Civil como empresas de transportes aéreos "regulares".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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