Micelio

Artículo 26

Subdirección De Desarrollo Tecnológico

Decreto 643 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Desarrollo Tecnológico . Son funciones de la Subdirección de Desarrollo Tecnológico, las siguientes

1.

Asesorar y recomendar sobre sistemas de seguridad para la información obtenida y transmitida por medios técnicos de inteligencia.

2.

Desarrollar la tecnología que se requiera para apoyar la ejecución de los procesos de inteligencia en la institución y adaptar los equipos acorde con las necesidades institucionales en materia de inteligencia.

3.

Prestar apoyo técnico y supervisar las actividades en materia de análisis de señales, utilizando las diferentes técnicas y equipos disponibles para decodificar la información transmitida a través de los diferentes sistemas de comunicación.

4.

Dirigir las actividades relacionadas con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y tecnologías de inteligencia.

5.

Administrar y distribuir los equipos y tecnologías de inteligencia a nivel nacional.

6.

Apoyar técnicamente a las dependencias del nivel central y Direcciones Seccionales en la implementación y adecuación de la infraestructura tecnológica que se requiera en el proceso de inteligencia.

7.

Elaborar y difundir los manuales de usuario e impartir la capacitación requerida para el manejo de las aplicaciones, equipos y tecnología especializada de inteligencia.

8.

Asesorar al Departamento Administrativo de Seguridad y al Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad, en la presentación de proyectos de inversión relacionados con adquisición de equipos y tecnología de inteligencia, para que cumplan con las necesidades requeridas por la Institución.

9.

Prestar apoyo en materia de contramedidas electrónicas a funcionarios del Estado.

10.

Ejecutar el Plan Estratégico Institucional y formular y ejecutar los planes de acción que se requieran, de acuerdo con la naturaleza, objetivo y funciones.

11.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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