Micelio

Artículo 2

Ley 39 de 1939 · por la cual se concede una autorización al Gobierno y se ordena la publicación de unas obras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Celebrado que fuere el contrato a que se refiere el artículo anterior, el Gobierno publicará una edición de tres mil (3.000) ejemplares de tales obras, que se distribuirá entre las Academias, Universidades y Sociedades Literarias colombianas en el Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 39 de 1939