Micelio

Artículo 1

Ley 57 de 1981 · por la cual se dictan disposiciones sobre el impuesto de Industria y Comercio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Concejos Municipales podrán gravar con el Impuesto de Industria y Comercio a los bancos, compañías de seguros generales, compañías de seguros de vida, sociedades de capitalización, compañías reaseguradoras, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, corporaciones de ahorro y vivienda y almacenes generales de depósito, de conformidad con las normas establecidas por la presente Ley.

Parágrafo

Los demás establecimientos de crédito vigilados por la Superintendencia Bancaria serán gravados con el impuesto de Industria y Comercio de conformidad con las normas generales que rijan sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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