Reconócese a cargo del Tesoro i a favor del señor Miguel Agudelo la suma de cuatro mil doscientos pesos ($ 4,200) proveniente de los efectos que el Gobierno le tomó en la guerra pasada, i que no le han sido devueltos.
Ley 18780617 de 1878 →Vigente
Artículo 1
Ley 18780617 de 1878 · Por la cual se reconocen y mandan pagar unos créditos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.