Micelio

Artículo XXIII

Ley 16 de 1960 · Por la cual se aprueba el Estatuto del Organismo Intercontinental de Energía Atómica, suscrito en la Ciudad de New York el 26 de octubre de 1956

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO XXIII

Textos auténticos y copias certificadas.

El presente Estatuto, redactado en los idiomas chino, español, francés, inglés y ruso, cada uno de cuyos textos es igualmente auténtico, será depositado en los archivos del Gobierno depositario. El Gobierno depositario enviará copias debidamente certificadas del presente Estatuto a los Gobiernos de los demás Estados signatarios y a los Gobiernos de los Estados que hayan sido admitidos como miembros conforme al párrafo B del artículo IV.

En fe de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados para ello, han firmado el presente Estatuto.

Hecho en la sede de las Naciones Unidas, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y seis.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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