Artículo veintisiete. Son funciones de la Sección Regional de Colocaciones
Registrar las ofertas, demandas y colocaciones efectuadas por ocupaciones y sectores económicos;
Seleccionar y enviar candidatos a los empleadores do acuerdo con los requerimientos de mano de obra;
Clasificar a los trabajadores por categorías profesionales en función de sus conocimientos y dotarlos del carnet profesional correspondiente, una vez que se establezca;
Compensar la mano de obra local dentro de la región, mediante la inscripción de trabajadores que hayan manifestado cambio de residencia, promoviendo sus traslados a puestos disponibles;
Llevar el registro de los empleadores de la región;
Conocer y registrar las plantas numéricas y ocupacionales de la región.