Micelio

Artículo 13

Ley 31 de 1874 · Que concede nuevas autorizaciones al Poder Ejecutivo para la construcción del ferrocarril del Norte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 13. El Poder Ejecntivo publicará cada tres meses una cuenta minuciosaa de la inversion que diere, tanto se a las cantidades procedentes de los empréstitos que contrate, como a los demas fondos que se destinan para la construccion del ferrocarril.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1874