Micelio

Artículo 18

Las Sumas Provenientes De Las Suscripciones Del Público Se Acreditarán Mediante Títulos Representativos De La Parte O Partes Alícuotas De Los Valores Que Integran El Fondo

Decreto 384 de 1980 · Por el cual se modifica el régimen jurídico de las Sociedades Administradoras e inversión y de los Fondos que estas administran

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sumas provenientes de las suscripciones del público se acreditarán mediante títulos representativos de la parte o partes alícuotas de los valores que integran el fondo. Los títulos se emitirán por la Sociedad Administradora de Inversión, se denominarán "certificados de inversión" y serán nominativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 384 de 1980